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Ajustados estrictamente a la LOTTT, todos nuestros cálculos son realizados por analistas expertos en la materia laboral. Apoyados en la más alta tecnología, los cálculos son revisados por un abogado especialista en Derecho del Trabajo
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Si cometió algún error, u olvidó incluir algún dato, no hay problemas. Usted nos lo hace saber y corregiremos su cálculo. Si es necesario, lo haremos de nuevo.
Decenas de empresas nos confían la elaboración de los cálculos de prestaciones sociales de su personal. Los patronos con necesidad de la preparación de varios cálculos reciben un descuento sobre el precio regular.
Vigilantes, enfermeras, conserjes, mesoneros, obreros de la construcción, vendedores, asistentes, secretarias, cajeros, gerentes… Nuestro cálculo es apropiado para todo tipo de trabajadores
A través de este sitio web, usted podrá pedir el cálculo de prestaciones sociales. Sea usted un empleador o un trabajador. También podrá solicitarlo vía telefónica.
Escoja el cálculo que corresponde a su situación.
Para ello, considere el tiempo trabajado. Y si desea que se calculen horas extras, descansos y feriados y bonos nocturnos no pagados.
Si no requiere la determinación de esos conceptos no pagados, su cálculo es ordinario.
Ahora complete el formulario «Solicitud de cálculo»:
Si usted es un empleador, haciendo clic aquí.
Si usted es un trabajador, haciendo clic aquí.
Transfiera o deposite el monto del cálculo en la cuenta bancaria o mediante el sistema Telpago.
Los datos para estas operaciones los recibirá después de enviar su Solicitud de cálculo.
Envíenos los datos de su pago y los demás datos para la elaboración de su cálculo.
Puede hacerlo por correo electrónico: ius.calculos@candelarioabogados.com
También puede informarnos de su pago, completando el formulario «Registro de Pagos», haciendo clic aquí.
Dentro de las siguientes 4 horas hábiles después de haber Registrado su Pago, usted recibirá en su correo electrónico su cálculo.
Tiene derecho, si así lo requiere, a que corrijamos o rehagamos su cálculo. Sin ningún costo adicional.
También puede solicitar que su cálculo le sea explicado. Sabrá de «donde sale» cada monto de su cálculo. Así estará en mejores condiciones de defenderlo frente al trabajador o frente a su patrono. Hidden content
Nuestros cálculos son personalizados y completamente ajustados a la LOTTT. Elija el cálculo de acuerdo a la situación particular del trabajador.
Si tiene dudas sobre cuál cálculo elegir, solicite el cálculo ordinario y uno de nuestros analistas le orientará
✓ Prestaciones sociales
✓ Intereses sobre prestaciones sociales
✓ Vacaciones y bono vacacional
✓ Utilidades
✓ Beneficios pendientes: vacaciones, bono vacacional, utilidades
✓ Diferencias
✓ Otros beneficios pendientes: bono alimentario, salario, comisiones
✓ Incidencias de comisiones, sobresueldos y otros conceptos en prestaciones, vacaciones, utilidades, días de descansos y feriados, etc.
Vea qué se calcula
¿Qué se calcula?
Todo lo incluido en el cálculo ordinario, más lo siguiente:
1. Determinación del número de horas extras trabajadas y del monto por este concepto
2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por horas extras deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación de su salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de las horas extras
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de las horas extras
7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras
Intereses sobre prestaciones sociales
8. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia de las horas extras en las prestaciones sociales
Esconder
Vea qué se calcula
¿Qué se calcula?
Todo lo incluido en el cálculo ordinario, más lo siguiente:
1. Determinación del monto por concepto de descansos, domingos u otros feriados trabajados
2. Incorporación del monto por descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por descansos, domingos u otros feriados trabajados deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
7. Prestaciones sociales con las incidencias de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
8. Intereses sobre prestaciones sociales
9. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia de los descansos, domingos u otros feriados trabajados en las prestaciones sociales
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Todo lo incluido en el cálculo ordinario, más lo siguiente:
1. Determinación del número de horas nocturnas trabajadas y del monto por este concepto.
2. Incorporación del monto por bono nocturno al salario integral y al salario para utilidades.
3. Determinación de si los montos por bono nocturno deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes.
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral.
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia del bono nocturno
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia del bono nocturno.
7. Prestaciones sociales con las incidencias del bono nocturno.
8. Intereses sobre prestaciones sociales.
9. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia bono nocturno en las prestaciones sociales.
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2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas y por descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por horas extras y por descansos, domingos u otros feriados trabajados deben incorporarse al salario normal por ser regular y permanente
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de las horas extras y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de las horas extras y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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9. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia de las horas extras y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados en las prestaciones sociales
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2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas y por bono nocturno al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por horas extras y por bono nocturno deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
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3. Determinación de si los montos por horas extras, bono nocturno y descansos, domingos u otros feriados trabajados deben (todos o algunos) incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
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6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de las horas extras, del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras, el bono nocturno y los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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3. Determinación de si los montos por horas extras deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
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7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras
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1. Determinación del monto por concepto de descansos, domingos u otros feriados trabajados
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3. Determinación de si los montos por descansos, domingos u otros feriados trabajados deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
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5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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7. Prestaciones sociales con las incidencias de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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1. Determinación del número de horas nocturnas trabajadas y del monto por este concepto
2. Incorporación del monto por bono nocturno al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por bono nocturno deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia del bono nocturno
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia del bono nocturno
7. Prestaciones sociales con las incidencias del bono nocturno
8. Intereses sobre prestaciones sociales
9. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia bono nocturno en las prestaciones sociales
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2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas y por descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
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7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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1. Determinación del número de horas extras y de horas nocturnas trabajadas y de los montos por estos conceptos
2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas y por bono nocturno al salario integral y al salario para utilidades
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5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de las horas extras y del bono nocturno
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de las horas extras y del bono nocturno
7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras y del bono nocturno
8. Intereses sobre prestaciones sociales
9. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia de las horas extras y del bono nocturno en las prestaciones sociales
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1. Determinación del número de horas nocturnas trabajadas, determinación del monto por horas nocturnas trabajadas y determinación del monto por descansos, domingos u otros feriados trabajados
2. Incorporación del monto por bono nocturno y descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por bono nocturno y por descansos, domingos u otros feriados trabajados deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
7. Prestaciones sociales con las incidencias del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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1. Determinación del número de horas extras y de horas nocturnas trabajadas, determinación de los montos por horas extras, por bono nocturno y por descansos, domingos u otros feriados trabajados
2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas, bono nocturno y descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por horas extras, bono nocturno y descansos, domingos u otros feriados trabajados deben (todos o algunos) incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de las horas extras, del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras, el bono nocturno y los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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✓ Diferencias
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1. Determinación del número de horas extras trabajadas y del monto por este concepto
2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por horas extras deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación de su salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de las horas extras
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de las horas extras
7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras
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1. Determinación del monto por concepto de descansos, domingos u otros feriados trabajados
2. Incorporación del monto por descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
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6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia del bono nocturno
7. Prestaciones sociales con las incidencias del bono nocturno
8. Intereses sobre prestaciones sociales
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1. Determinación del número de horas extras trabajadas, determinación del monto por horas extras trabajadas y determinación del monto por descansos, domingos u otros feriados trabajados
2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas y por descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por horas extras y por descansos, domingos u otros feriados trabajados deben incorporarse al salario normal por ser regular y permanente
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de las horas extras y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de las horas extras y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas y por bono nocturno al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por horas extras y por bono nocturno deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de las horas extras y del bono nocturno
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de las horas extras y del bono nocturno
7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras y del bono nocturno
8. Intereses sobre prestaciones sociales
9. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia de las horas extras y del bono nocturno en las prestaciones sociales
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¿Qué se calcula?
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1. Determinación del número de horas nocturnas trabajadas, determinación del monto por horas nocturnas trabajadas y determinación del monto por descansos, domingos u otros feriados trabajados
2. Incorporación del monto por bono nocturno y descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por bono nocturno y por descansos, domingos u otros feriados trabajados deben incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
7. Prestaciones sociales con las incidencias del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
8. Intereses sobre prestaciones sociales
9. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados en las prestaciones sociales
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¿Qué se calcula?
Todo lo incluido en el cálculo ordinario, más lo siguiente:
1. Determinación del número de horas extras y de horas nocturnas trabajadas, determinación de los montos por horas extras, por bono nocturno y por descansos, domingos u otros feriados trabajados
2. Incorporación del monto por horas extras trabajadas, bono nocturno y descansos, domingos u otros feriados trabajados al salario integral y al salario para utilidades
3. Determinación de si los montos por horas extras, bono nocturno y descansos, domingos u otros feriados trabajados deben (todos o algunos) incorporarse al salario normal por ser regulares y permanentes
4. Determinación del salario normal, del salario para utilidades y del salario integral
5. Diferencias en utilidades anteriores (y, si correspondiere, en vacaciones y bono vacacional anteriores) derivadas de la incidencia de las horas extras, del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
6. Diferencias de intereses de prestaciones sociales pagados anteriormente, derivadas de la incidencia de las horas extras, del bono nocturno y de los descansos, domingos u otros feriados trabajados
7. Prestaciones sociales con las incidencias de las horas extras, el bono nocturno y los descansos, domingos u otros feriados trabajados
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9. Si correspondiere, diferencias de intereses sobre prestaciones sociales ya pagados, derivada de la incidencia de las horas extras, el bono nocturno y los descansos, domingos u otros feriados trabajados en las prestaciones sociales
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